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Indicador de exposición. En zonas limítrofes o interiores a áreas forestales existe el riesgo de incendio forestal. Cualquier edificio o establecimiento industrial en estas circunstancias tiene que aplicar la siguiente medida de seguridad, incluida para su aplicación en el Código Técnico de la Edificación:
• Deberá separarse de la zona forestal mediante una franja de 25 metros de ancho que estará libre de arbustos y de vegetación para evitar que se propague el incendio forestal
Como aproximación, a partir de la capa de edificaciones de catastro se calcula el número de edificaciones a menos de 25 metros de masas forestales (fuente SIGPAC, parcelas filtradas por uso = forestal) por municipio.